FORMACIÓN

FORMACIÓN PARA EL SECTOR CINEMATOGRÁFICO

Esta modalidad, al igual que toda la convocatoria del FDC, se rige por las Reglas Generales disponibles directamente en el enlace https://www.convocatoriafdc.com//reglas o mediante el botón de la sección correspondiente en el sitio web. Los postulantes deben consultar obligatoriamente esa sección, al igual que las demás del sitio (etapas, cronograma, etc.) para conocer restricciones generales, compromisos mínimos, definiciones técnicas y procedimientos administrativos aplicables.  

En lo referente a términos y conceptos aquí mencionados, las definiciones se basan en el glosario contenido en las Reglas Generales. En caso de dudas sobre interpretación terminológica, prevalecen las definiciones del glosario oficial.

Se recomienda la consulta del documento Resultado del estudio del Plan de Formación CINA, elaborado por la Pontificia Universidad Javeriana para Proimágenes Colombia, el cual presenta un análisis de la cadena de valor del sector audiovisual, la oferta de formación existente y las brechas entre la academia y las necesidades de la industria. Este documento constituye un insumo de referencia para orientar procesos de formación y fortalecimiento de capacidades en el sector audiovisual. Disponible aquí.

 

 Cronograma

Apertura

Cierre

Envío de correo con correcciones

Publicación aceptados

Resultados

01/04/2026 

04/05/2026 

13/05/2026

22/05/2026 

08/07/2026

 

La plataforma en línea para la postulación de proyectos quedará deshabilitada a las 5:00 p.m., hora legal de la República de Colombia (UTC/GMT-5), del día de cierre. Se recomienda realizar la postulación de proyectos con suficiente antelación, pues la plataforma es el único medio de postulación y no se suspenderán términos ni se ampliarán plazos por eventuales fallas o inconvenientes técnicos que se presenten. Si tiene problemas con su registro o inconvenientes con el ingreso a la plataforma de postulación por favor envíe un ticket en el siguiente link. Si tiene preguntas sobre las bases establecidas en esta modalidad envíe su inquietud a través de contáctenos.

 

  Condiciones para participar

Dirigida a proyectos para la realización de procesos de formación para el sector cinematográfico, que se desarrollen de forma virtual y/o presencial, sincrónicos y/o asincrónicos. Los procesos de formación deben estar dirigidos a trabajadores del sector cinematográfico y audiovisual nacional. Los proyectos que se presenten deberán corresponder al saber de cada persona jurídica concursante y deben ser afines al quehacer cinematográfico.

Los proyectos deben ser presentados por personas jurídicas legalmente constituidas como entidades sin ánimo de lucro. El objeto de las personas jurídicas concursantes debe ser asociar, agrupar, agremiar o sindicalizar a trabajadores de la industria cinematográfica y audiovisual.

Las entidades deberán:

- Acreditar una constitución con una antelación mínima de un (1) año respecto a la fecha de apertura de la modalidad, es decir, a más tardar el 1 de abril de 2025.

- Estar registradas en el Sistema de Información y Registro Cinematográfico del Ministerio de las Culturas (SIREC) como agremiación o asociación.

- Contar con un mínimo de diez (10) asociados activos, condición que deberá ser declarada en la plataforma en línea dispuesta para tal fin.

Para el caso específico de esta modalidad, un mismo concursante podrá presentar más de un (1) proyecto, sin embargo sólo uno de estos podrá resultar beneficiario. Es importante resaltar que de acuerdo al numeral 2.8 de las reglas de esta convocatoria, un mismo concursante podrá presentar máximo tres (3) proyectos en las modalidades de estímulos por concurso.

El proceso de formación propuesto debe terminarse en un periodo máximo de doce (12) meses después de la firma del contrato que legaliza el estímulo. El proyecto debe incluir la participación de al menos tres (3) talleristas y máximo un (1) extranjero podrá ser remunerado con dinero del estímulo del FDC.

 Requisitos para concursar

QUIÉNES PUEDEN CONCURSAR

 

Personas jurídicas legalmente constituidas como entidades sin ánimo de lucro.

 El objeto de las personas jurídicas concursantes debe ser asociar, agrupar, agremiar o sindicalizar a trabajadores de la industria cinematográfica y audiovisual.

Las entidades deberán:

- Acreditar una constitución con una antelación mínima de un (1) año respecto a la fecha de apertura de la modalidad, es decir, a más tardar el 1 de abril de 2025.

- Estar registradas en el Sistema de Información y Registro Cinematográfico del Ministerio de las Culturas (SIREC) como agremiación o asociación.

- Contar con un mínimo de diez (10) asociados activos, condición que deberá ser declarada en la plataforma en línea dispuesta para tal fin.

Los proyectos que tengan participación académica de algún miembro del CNACC pueden concursar, pero dicho miembro deberá declararse impedido para considerar ese proyecto.

NO PUEDEN CONCURSAR

 

Quienes estén incursos en alguna de las restricciones generales establecidas en esta convocatoria y quienes no cumplan con las exigencias específicas para concursar.

Las personas naturales.

Para conocer las reglas de la Convocatoria, por favor revise el enlace Reglas de la convocatoria.

 

 

REQUISITO

1

Información del Proyecto (Formulario diligenciable en la plataforma en línea).

2

Perfil de la Persona Jurídica Concursante (Espacio diligenciable en la plataforma en línea, máximo 2000 caracteres).

3

Cédula de Ciudadanía o de Extranjería del representante legal de la persona jurídica concursante, por ambas caras (Documento en PDF).

4

Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido con fecha no mayor a 5 días al momento del envío del proyecto. La persona jurídica debe estar activa y tener matrícula mercantil renovada (Documento en PDF).

AUDIOAYUDA

5

RUT de la persona jurídica concursante, emitido durante el año 2026 (Documento en PDF).

6

Anexo 22. Autorización para firmar contratos por el valor de la cuantía del estímulo (Documento en PDF). Diligencie sin modificar el formato

Anexo 22A: Cuando el representante legal SÍ cuenta con el permiso para firmar contratos por el valor de la cuantía del estímulo.

Anexo 22B: Si el representante legal NO cuenta con la autorización para firmar contratos de la cuantía de este estímulo deberá presentar autorización del órgano directivo correspondiente para firmar contratos del valor de este estímulo. 

Este anexo debe aportarse en los casos en que el representante legal de la persona jurídica postulante requiera contar con un permiso o autorización del órgano directivo competente, debido a alguna restricción y/o limitación en sus facultades para celebrar contratos en relación a la cuantía y/o naturaleza del contrato.

Este anexo no será necesario diligenciar casos, pero sin limitarse a los siguientes:  (a) si de manera previa a la postulación el representante legal ya cuenta con la respectiva autorización o si, de acuerdo a el certificado de existencia y representación legal, el representante cuenta con amplias facultades para celebrar cualquier acto y/o contrato; (b) cuando la persona jurídica solo cuente con un único accionista.

Descargue aquí el formato adjunto.

AUDIOAYUDA

7

Anexo 3B. Informe General de las actividades de agremiación y asociación del sector al que representa (Documento en PDF). Descargue aquí el formato adjunto y diligencie sin modificar el formato

8

Anexo 11. Propuesta de Formación (Documento en PDF). Descargue aquí el formato adjunto y diligencie sin modificar el formato

9

Presupuesto detallado del proyecto (Documento en PDF).

10

Cartas de Aceptación de participación firmadas por todos los talleristas reportados en la propuesta (Documento en PDF). Si son varios documentos, adjúntelos en un solo PDF.

11

Registro Único Nacional de Agentes Culturales del representante legal de la persona jurídica concursante emitido por el Ministerio de las Culturas. Consulte aquí (Documento en PDF).

AUDIOAYUDA

 

Estímulos

El monto total destinado es de doscientos millones de pesos ($200.000.000), otorgando estímulos de cuarenta millones de pesos ($40.000.000) por proyecto. 

Máximo el 30% del estímulo podrá ser invertido en gastos administrativos: honorarios del equipo organizador, gastos de oficina, papelería, servicios, plataforma en línea, entre otros.

 

Criterios de evaluación

Se evaluará el cumplimiento de los parámetros descriptivos planteados en los requisitos de esta modalidad.

Se conformará un comité evaluador que revisará los proyectos de acuerdo a los siguientes criterios y puntajes:

Trayectoria de la entidad en cuanto a la agremiación o asociación del sector que representa (hasta 15 puntos).

Pertinencia e impacto del proceso de formación respecto de las necesidades del sector audiovisual nacional  (hasta 25 puntos).

Pertinencia del contenido y metodología de formación (hasta 25 puntos).

Pertinencia y experiencia de los talleristas incluidos en el proyecto (hasta 15 puntos).

Coherencia entre el cronograma y presupuesto. Viabilidad de ejecución en el tiempo requerido por esta convocatoria (hasta 15 puntos).

Propuesta de equidad de género en la selección de estudiantes. Acciones por parte de la entidad para buscar paridad de género en los estudiantes (hasta 5 puntos).

El CNACC determinará el(los) comité(s) para la lectura, selección y/o evaluación de proyectos presentados a esta modalidad. Esta modalidad no contempla encuentros con el comité evaluador. Para mayor información sobre el proceso, lo invitamos a consultar la sección Etapas del concurso

 

Compromisos específicos de los beneficiarios

Además de los compromisos mínimos establecidos en esta convocatoria, con su participación el beneficiario de estímulos en esta modalidad se obliga a cumplir con los siguientes:

1. Suscribir un contrato con Proimágenes Colombia. El contrato regulador del estímulo y sus anexos establecerán plazos y parámetros de desembolsos y acreditaciones. 

2. El proceso de formación propuesto debe terminarse en un periodo máximo de doce (12) meses después de la firma del contrato que legaliza el estímulo.

3. Llevar a cabo el proyecto en la forma propuesta y acorde con los diversos componentes académicos, teóricos, prácticos, creativos, de contenido, artísticos, técnicos y económicos del proyecto al que le fue otorgado dicho estímulo.

4. Presentar un informe final que describa los resultados obtenidos en el proceso de formación registro, encuestas e indicadores de evaluación planteados en el proyecto e informe de acreditación de gastos. 

5. El beneficiario deberá entregar a Proimágenes Colombia un ejemplar de todo el material promocional del proyecto de formación.

6. El beneficiario se compromete a realizar convocatoria nacional para la postulación de estudiantes al proceso de formación.

 

POSTULAR PROYECTO